9. Actividades complementarias

Uno de los grandes problemas de las sociedades modernas es la ausencia de actividad, o lo que es lo mismo, el sedentarismo y las consecuencias que en la salud está teniendo. Los estudios han demostrado que el abandono y el desinterés hacia el deporte es un tema real e importante en la población juvenil, ya que la oferta deportiva no parece dar respuesta a los intereses y motivaciones de este grupo de población. Según Santos (1998) las actividades complementarias y extraescolares se presentan como una auténtica escuela del tiempo libre donde la educación del ocio se convierte en una necesidad social. Pero deben contribuir a la educación integral y personalizada del individuo, para que les permita la creación de hábitos y actitudes saludables en la ocupación del tiempo libre y una contribución positiva en su calidad de vida. Para saber más información podemos plantear los siguientes objetivos:

  • Conocer los indicadores, opiniones y motivos de práctica, inicio, abandono y no practica.
  • Conocer de las actividades complementarias y extraescolares: las opiniones, los motivos y su importancia para los alumnos así como los objetivos que pretenden alcanzar y las dificultades que encuentran en su desarrollo los profesores.
  • Determinar intereses de demanda futura de actividades complementarias y extraescolares.
  • Determinar la relación que existe entre hábitos deportivos y las actividades complementarias y extraescolares.

 

Según la Orden de 3 agosto de 2010, podemos decir las siguientes características de las actividades extraescolares:

  • Los centros docentes públicos que impartan educación secundaria obligatoria podrán mantener abiertas sus instalaciones hasta las 18:00 horas, todos los días lectivos excepto los viernes, en los que el cierre se realizará a las 16,00 horas, con la finalidad de programar actividades de refuerzo y apoyo, dirigidas al alumnado que presente dificultades de aprendizaje, y ofrecer actividades extraescolares que aborden aspectos formativos de interés para el alumnado.
  • Se consideran actividades extraescolares las encaminadas a potenciar la apertura del centro a su entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, a la preparación para su inserción en la sociedad o del uso del tiempo libre. Para ello se podrán organizar actividades relacionadas o incluidas en alguna de las siguientes áreas: idiomas, tecnologías de la información y comunicación, deportes, expresión plástica y artística, talleres de lectura y escritura o actividades de estudio dirigido.
  • Los centros docentes ofertarán cada día de la semana, de lunes a jueves, de 16,00 a 18,00 horas, al menos dos actividades extraescolares distintas, de una hora de duración cada una de ellas. El cómputo semanal de cada actividad extraescolar será de dos horas.
  • Las actividades extraescolares tendrán carácter voluntario para todos los alumnos y alumnas y en ningún caso formarán parte del proceso de evaluación del alumnado para la superación de las distintas áreas o materias que integran los currículos.
  • La atención al alumnado en las actividades extraescolares se realizará por personal que cuente con la formación y cualificación adecuada a la actividad a desarrollar y que, al menos, esté en posesión de alguno de los títulos de Técnico Superior o titulación equivalente a efectos profesionales.

 

BIBLIOGRAFIA

 

Orden de 3 de agosto de 2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario.