6.Medidas para el estimulo de la C. Lingüistica

La Orden educativa en el ámbito andaluz, en el artículo 38 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, dispone que el sistema educativo andaluz tiene como prioritario el establecimiento de las condiciones que permitan al alumno alcanzar las competencias básicas establecidas en la enseñanza obligatoria. De entre las cuales destacamos a continuación la competencia en comunicación lingüística, referida a la utilización del lenguaje como instrumento de comunicación oral y escrita, tanto en lengua española como en lengua extranjera.

Pérez Esteve (2009) la define como aquella competencia que nos permite organizar nuestro pensamiento, aprender, entablar relaciones… Ser competentes en comunicación lingüística significa poseer los recursos necesarios para participar, mediante el lenguaje, en las diferentes esferas de la vida social.

Visto lo anterior, para el desarrollo de esta competencia desde esta programación de educación física, se llevarán a cabo los siguientes instrumentos metodológicos.

  • Se valorará su exposición oral y se intervendrá en su dialéctica en la forma de la exposición crítica de la opinión personal respecto a distintos temas relacionados con la educación física.
  • Se valorará su expresión escrita, ortografía etc. a la hora de participar en debates u otra clase de intervención en páginas web, redes sociales…
  • Se valorará su expresión escrita, ortografía etc. en el cuaderno pedagógico.
 
BIBLIOGRAFIA
Pérez Esteve, P. (2009). La comprensión lectora y la competencia en comunicación lingüística en el nuevo marco curricular: algunas claves para su desarrollo. Educatio Siglo XXI. 27 (1), pp. 13-32.
 
Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación en Andalucía