12.Atención a la diversidad

La atención a la diversidad es un concepto al que se le debe dar mucha importancia, puesto que todos los grupos de alumnos se caracterizan por su heterogeneidad, por esto la atención a la diversidad es algo en lo que nuestra educación se debe basar para lograr el éxito en la mayor parte de nuestro alumnado.

En el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, en el Artículo 10 donde se exponen los Principios Generales de la educación secundaria obligatoria, hace referencia a la atención a la diversidad en su tercer apartado de la siguiente manera:

3. La Educación Secundaria Obligatoria se organiza de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. Las medidas de atención a la diversidad en esta etapa estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y al logro de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y la adquisición de las competencias correspondientes y no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación que les impida alcanzar dichos objetivos y competencias y la titulación correspondiente.

También, en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, en el primer apartado del Artículo 15 titulado “Proceso de aprendizaje y atención individualizada”, se expone:

1. Los centros elaborarán sus propuestas pedagógicas para esta etapa desde la consideración de la atención a la diversidad y del acceso de todo el alumnado a la educación común. Asimismo, arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el aprendizaje en equipo.

Ésta concienciación sobre la necesidad de realizar prácticas inclusivas pasa por la sensibilización del profesorado y el análisis y modificación de las prácticas de la escuela y de las manifestaciones culturales sobre la situación de personas y colectivos desfavorecidos. Este ejercicio exige además, una sistematización a través de procesos de investigación que permitan al profesorado colocar esta problemática “como uno de los aspectos más importantes a la hora de posibilitar una educación inclusiva que parte de un principio de equidad” (Colás y Bolaños, 2010: 76)

“La atención a la diversidad en la formación de los futuros docentes es un reto ineludible en los tiempos que corren. A los sistemas educativos hoy se les demanda que atiendan a muy amplias capas de población con edades, condiciones e intereses diferentes y de procedencia muy diversa, y se les insta a que favorezcan una mayor equidad como exigencia de carácter ético (igual dignidad de la persona independientemente de su procedencia, raza, condición, etc.)” (Forteza, 2011: 135).

Según la Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía, podemos diferenciar los grupos de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo en:

  • Alumnado con necesidades educativas especiales.
  • Alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo.
  • Alumnado con dificultades graves de aprendizaje.
  • Alumnado con necesidades de compensación educativa.
  • Alumnado con altas capacidades intelectuales.

Además, la Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía, establece los siguientes tipos de programas de adaptación curricular:

  • Adaptaciones curriculares no significativas, cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado es poco importante. Afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología y contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación.
  • Adaptaciones curriculares significativas, cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado haga necesaria la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación.
  • Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.

 

BIBLIOGRAFIA

 

 

Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.